En los términos del artículo 13 de la Carta Constitutiva de OLACEFS, el Consejo Directivo es un órgano colegiado integrado, según las disposiciones introducidas por la resolución 14/2019/AG de la XXIX Asamblea General ordinaria, por siete Miembros Plenos. Está encabezado por la Presidencia, correspondiendo a la Secretaría Ejecutiva actuar como Secretario del mismo, con derecho a voz.

Se constituye además, por las EFS que detentas la Presidencia de EFSUR y la Presidencia de OCCEFS, el Miembro del país designado sede de la próxima sesión ordinaria de la Asamblea General; y dos Miembros Plenos electos por la Asamblea General. Estos últimos actuarán como tales por un período trianual, contado a partir del año siguiente a su elección. Para ser elegidos nuevamente deberán transcurrir dos períodos trianuales.

Éste órgano tiene funciones directivas y consultivas. En este contexto, se encarga de entregar asesoría, efectuar seguimiento y velar por el cumplimiento de las resoluciones de la Asamblea General, así como también coadyuvar en su ejecución.

Sus atribuciones están descritas entre los artículos 18 al 23 del Reglamento de OLACEFS.

En la actualidad el Consejo Directivo está compuesto por:

EFS Cargo Período
mexico Contraloría General de la República de Perú Presidente 2019/2021
chile Contraloría General de la República de Chile Secretaría Ejecutiva 2019/2021
uruguay Tribunal de Cuentas de la República Oriental del Uruguay Miembro  Electo 2019/2021
bolivia Tribunal de Cuentas de la Unión de Brasil Miembro Electo 2020/2022
Argentina Contraloría General de la República de Paraguay Presidencia EFSUR Período reglamentario EFSUR
El Salvador Contraloría General de Cuentas de la República de Guatemala Presidencia OCCEFS Período reglamentario OCCEFS
El Salvador Contraloría General de la República de Colombia Sede próxima Asamblea General Ordinaria 2020